1Comentario |
En Tuenti
El ministro de Industria, Energía, y Turismo, José Manuel Soria, ha confiado este lunes en que el vicepresidente de la CE y comisario de Competencia, Joaquín Almunia, reconsidere la decisión de obligar a los astilleros españoles a devolver las ayudas del sistema 'tax lease'.
En declaraciones antes de reunirse con la Asociación Empresarial Química de Tarragona (AEQT) en la sede de la patronal catalana Fomento del Trabajo, ha sostenido que los astilleros, armadores y financiadores han actuado en base al principio de "seguridad jurídica y confianza legítima".
Ha constatado una "inacción absoluta" de la CE desde que se puso en funcionamiento el sistema del 'tax lease' español, hasta que fue denunciado en 2011, y ha recordado que desde principios de este año está en vigor un nuevo sistema y que se adapta a la legislación comunitaria.
"La armonización fiscal directa no existe en la Unión Europea. El hecho de que existan beneficios tributarios distintos de un país a otro no significa que eso sean ayudas de Estado", ha insistido Soria, que, con este argumento, confía en que España no deba devolver las ayudas.
lunes, 8 de julio de 2013
astilleros españoles
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En Tuenti
El ministro de Industria, Energía, y Turismo, José Manuel Soria, ha confiado este lunes en que el vicepresidente de la CE y comisario de Competencia, Joaquín Almunia, reconsidere la decisión de obligar a los astilleros españoles a devolver las ayudas del sistema 'tax lease'.
En declaraciones antes de reunirse con la Asociación Empresarial Química de Tarragona (AEQT) en la sede de la patronal catalana Fomento del Trabajo, ha sostenido que los astilleros, armadores y financiadores han actuado en base al principio de "seguridad jurídica y confianza legítima".
Ha constatado una "inacción absoluta" de la CE desde que se puso en funcionamiento el sistema del 'tax lease' español, hasta que fue denunciado en 2011, y ha recordado que desde principios de este año está en vigor un nuevo sistema y que se adapta a la legislación comunitaria.
"La armonización fiscal directa no existe en la Unión Europea. El hecho de que existan beneficios tributarios distintos de un país a otro no significa que eso sean ayudas de Estado", ha insistido Soria, que, con este argumento, confía en que España no deba devolver las ayudas.
viernes, 7 de junio de 2013
DELITOS EN INTERNET
· Denominados también “delitos informáticos”, son todos aquellas conductas ilícitas susceptibles de ser sancionadas por el derecho penal, que hacen uso indebido de cualquier medio Informático. Puede comprender tanto aquellas conductas que recaen sobre herramientas informáticas propiamente tales, llámense programas, ordenadores, etc.; como aquellas que valiéndose de estos medios lesionan otros intereses jurídicamente tutelados como son la intimidad, el patrimonio económico, la fe pública, etc.
· El ciberespacio es un mundo virtual en el que los defectos, miserias y malos hábitos del ser humano se reproducen con la misma fidelidad que las virtudes. El efecto de aldea global generado por el entramado de redes y la proliferación de nodos en todo el planeta ayuda a la difusión inmediata de los mensajes y permite el acceso a cualquier información introducida en la red. A las reconocidas ventajas que ello supone se unen las distorsiones y los malos usos que pueden tener lugar en el sistema y que confirman una vez más que el mal no está en el medio utilizado sino en la persona que lo utiliza.
Actualmente se está produciendo un intenso debate respecto a la necesidad de prevenir y sancionar estos malos usos en la red de redes Internet y el objetivo de este artículo es localizar las distorsiones más habituales que se producen y resumir los argumentos que se han dado a favor de una legislación que regule el uso de la red y los criterios contrarios a esa regulación.
·
1.1 Delitos tradicionalmente denominados informáticos
A pesar de que el concepto de delito informático engloba tanto los delitos cometidos contra el sistema como los delitos cometidos mediante el uso de sistemas informáticos, cuando hablamos del ciberespacio como un mundo virtual distinto a la "vida real", me refiero al delito informático como aquél que está íntimamente ligado a la informática o a los bienes jurídicos que históricamente se han relacionado con las tecnologías de la información: datos, programas, documentos electrónicos, dinero electrónico, información, etc..
Incluyo también dentro de este apartado los actos que sólo constituirían una infracción administrativa o la vulneración de un derecho no tutelado por la jurisdicción penal, pero que en algunos paises pueden llegar a ser delito.
Dentro de este tipo de delitos o infracciones podríamos destacar:
Acceso no autorizado: La corriente reguladora sostiene que el uso ilegítimo de passwords y la entrada en un sistema informático sin la autorización del propietario debe quedar tipificado como un delito, puesto que el bien jurídico que acostumbra a protegerse con la contraseña es lo suficientemente importante para que el daño producido sea grave.
Destrucción de datos: Los daños causados en la red mediante la introducción de virus, bombas lógicas y demás actos de sabotaje informático no disponen en algunos paises de preceptos que permitan su persecución.
Infracción de los derechos de autor: La interpretación de los conceptos de copia, distribución, cesión y comunicación pública de los programas de ordenador utilizando la red provoca diferencias de criterio a nivel jurisprudencial. No existe una opinión uniforme sobre la responsabilidad del propietario de un servicio on-line o de un sysop respecto a las copias ilegales introducidas en el sistema. Mientras un tribunal condenó a un sysop porque en su BBS había imágenes escaneadas de la revista Playboy, en el caso LaMacchia, el administrador del sistema fue hallado no responsable de las copias de programas que albergaba su BBS. El recurso de los propietarios de sistemas on-line y BBS ha sido incluir una advertencia o una cláusula contractual que los exonera de responsabilidad frente a un "upload" de un programa o fichero que infrinja los derechos de autor de terceros.
Infracción del copyright de bases de datos: No existe una protección uniforme de las bases de datos en los paises que tienen acceso a Internet. El sistema de protección más habitual es el contratual: el propietario del sistema permite que los usuarios hagan "downloads" de los ficheros contenidos en el sistema, pero prohibe el replicado de la base de datos o la copia masiva de información.
Interceptación de e-mail: En este caso se propone una ampliación de los preceptos que castigan la violación de correspondencia, y la interceptación de telecomunicaciones, de forma que la lectura de un mensaje electrónico ajeno revista la misma gravedad.
Estafas electrónicas: La proliferación de las compras telemáticas permite que aumenten también los casos de estafa. Se trataría en este caso de una dinámica comisiva que cumpliría todos los requisitos del delito de estafa, ya que además del engaño y el "animus defraudandi" existiría un engaño a la persona que compra. No obstante seguiría existiendo una laguna legal en aquellos paises cuya legislación no prevea los casos en los que la operación se hace engañando al ordenador.
Transferencias de fondos: Este es el típico caso en el que no se produce engaño a una persona determinada sino a un sistema informático. A pesar de que en algunas legislaciones y en sentencias aisladas se ha asimilado el uso de passwords y tarjetas electrónicas falsificadas al empleo de llaves falsas, calificando dicha conducta como robo, existe todavía una falta de uniformidad en la materia.
1.2 Mal uso: cybertorts
Usos comerciales no éticos: Algunas empresas no han podido escapar a la tentación de aprovechar la red para hacer una oferta a gran escala de sus productos, llevando a cabo "mailings electrónicos" al colectivo de usuarios de un gateway, un nodo o un territorio determinado. Ello, aunque no constituye una infracción, es mal recibido por los usuarios de Internet, poco acostumbrados, hasta fechas recientes, a un uso comercial de la red.
Actos parasitarios: Algunos usuarios incapaces de integrarse en grupos de discusión o foros de debate on- line, se dedican a obstaculizar las comunicaciones ajenas, interrumpiendo conversaciones de forma repetida, enviando mensajes con insultos personales, etc. Aunque la mayoría de estas conductas están previstas por los suministradores de servicios on-line, resolviendo el contrato con los reincidentes, existen algunos partidarios de que se establezcan normas para sancionar estos actos.
Obscenidades: Más adelante veremos la polémica generada por el proyecto de ley del senador Exon en EEUU respecto a una Communications Decency Act. 1.4 Efectos transfronterizos
Otro de los aspectos sobre los que se reclama una regulación es el de la competencia jurisdiccional en el caso de actos realizados en un pais determinado pero que, debido a la extensión de la red, tienen sus efectos en otro pais. Aunque el derecho internacional da solución a este tipo de conflictos, existen diversos criterios respecto a la determinación del lugar en el que se ha producido la infracción.
Así como en una radiodifusión via satélite existe una conducta activa de emisión, sujeta a unas normas especiales, la introducción de una obra infractora en un host conectado a Internet. ¿debe entenderse también como un acto de difusión o comunicación pública?
La conducta activa o pasiva del presunto infractor es determinante para apreciar la existencia de la infracción y la competencia jurisdiccional. Si hacemos una comparación de las autopistas de la información con las autopistas de asfalto, deberíamos reconocer que no es lo mismo enviar camiones de reparto a todos los paises y ciudades con vias de acceso, que tener una tienda abierta al lado de la autopista.
Un ejemplo de conducta pasiva sería el caso de Phil Zimmermann, investigado por exportar tecnología de doble uso a otros paises. Zimmerman se limitó a introducir su programa de encriptación de clave pública PGP (Pretty Good Privacy) en hosts que se hallaban dentro del territorio de los EEUU, pero al estar estos hosts conectados a Internet, todos los paises conectados a la red pudieron obtener una copia del programa. Zimmermann recibió numerosos mensajes de felicitación y agradecimiento desde paises con embargo comercial y tecnológico. Este caso ha acabado siendo un exponente de la lucha entre el poder intervencionista del Estado y el derecho a la intimidad de la persona, como más adelante veremos.
Un ejemplo de conducta activa sería remitir una recopilación de imágenes pornográficas escaneadas a los mailbox de un pais en que dicho tráfico estuviese prohibido.
Derecho a la intimidad
Uno de los derechos más defendidos en los paises en los que ha habido una gran implantación de los sistemas informáticos en la gestión de los datos de los ciudadanos por parte de la Administración, ha sido el derecho de la persona a que su intimidad no sea vulnerada por un abuso de estos medios. La protección de este derecho ha generado preceptos de rango constitucional en muchos paises. En España, el artículo 18 CE garantiza el secreto de las comunicaciones y abre la posibilidad de que la Ley limite el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos. Del desarrollo de este precepto ha surgido hasta ahora la LORTAD como instrumento destinado a evitar que mediante el tratamiento automatizado de los datos se llegue a obtener el perfil de una persona, sus aficiones y sus hábitos. Con ello se reconoce que el uso de las tecnologías de la información permite una rapidez en la manipulación de datos que era impensable con el empleo de medios manuales o analógicos. En la discusión de la LORTAD se llegó a establecer la comparación de que los sistemas manuales equivalían a pescar con caña y los informáticos a pescar con red.
4. SITUACION ACTUAL Y PROPUESTAS LEGISLATIVAS
El Código Penal de 1995 contiene muchas referencias a los delitos informáticos y a los derivados del uso de las telecomunicaciones, entre las que podemos destacar las siguientes:
- Delitos contra la intimidad y el secreto de las comunicaciones
- Estafas electrónicas.
- Infracción de los derechos de propiedad intelectual
- Delito de daños
- Revelación de secretos contenidos en documentos o soportes informáticos.
- Falsedad en documento electrónico
- Fabricación o tenencia de útiles e instrumentos específicamente destinados a la comisión de delitos.
- Sustracción, destrucción, inutilización u ocultación de documentos electrónicos por parte de un funcionario público cuya custodia le esté encomendada por razón de su cargo.
· Denominados también “delitos informáticos”, son todos aquellas conductas ilícitas susceptibles de ser sancionadas por el derecho penal, que hacen uso indebido de cualquier medio Informático. Puede comprender tanto aquellas conductas que recaen sobre herramientas informáticas propiamente tales, llámense programas, ordenadores, etc.; como aquellas que valiéndose de estos medios lesionan otros intereses jurídicamente tutelados como son la intimidad, el patrimonio económico, la fe pública, etc.
· El ciberespacio es un mundo virtual en el que los defectos, miserias y malos hábitos del ser humano se reproducen con la misma fidelidad que las virtudes. El efecto de aldea global generado por el entramado de redes y la proliferación de nodos en todo el planeta ayuda a la difusión inmediata de los mensajes y permite el acceso a cualquier información introducida en la red. A las reconocidas ventajas que ello supone se unen las distorsiones y los malos usos que pueden tener lugar en el sistema y que confirman una vez más que el mal no está en el medio utilizado sino en la persona que lo utiliza.
Actualmente se está produciendo un intenso debate respecto a la necesidad de prevenir y sancionar estos malos usos en la red de redes Internet y el objetivo de este artículo es localizar las distorsiones más habituales que se producen y resumir los argumentos que se han dado a favor de una legislación que regule el uso de la red y los criterios contrarios a esa regulación.
·
1.1 Delitos tradicionalmente denominados informáticos
A pesar de que el concepto de delito informático engloba tanto los delitos cometidos contra el sistema como los delitos cometidos mediante el uso de sistemas informáticos, cuando hablamos del ciberespacio como un mundo virtual distinto a la "vida real", me refiero al delito informático como aquél que está íntimamente ligado a la informática o a los bienes jurídicos que históricamente se han relacionado con las tecnologías de la información: datos, programas, documentos electrónicos, dinero electrónico, información, etc..
Incluyo también dentro de este apartado los actos que sólo constituirían una infracción administrativa o la vulneración de un derecho no tutelado por la jurisdicción penal, pero que en algunos paises pueden llegar a ser delito.
Dentro de este tipo de delitos o infracciones podríamos destacar:
Acceso no autorizado: La corriente reguladora sostiene que el uso ilegítimo de passwords y la entrada en un sistema informático sin la autorización del propietario debe quedar tipificado como un delito, puesto que el bien jurídico que acostumbra a protegerse con la contraseña es lo suficientemente importante para que el daño producido sea grave.
Destrucción de datos: Los daños causados en la red mediante la introducción de virus, bombas lógicas y demás actos de sabotaje informático no disponen en algunos paises de preceptos que permitan su persecución.
Infracción de los derechos de autor: La interpretación de los conceptos de copia, distribución, cesión y comunicación pública de los programas de ordenador utilizando la red provoca diferencias de criterio a nivel jurisprudencial. No existe una opinión uniforme sobre la responsabilidad del propietario de un servicio on-line o de un sysop respecto a las copias ilegales introducidas en el sistema. Mientras un tribunal condenó a un sysop porque en su BBS había imágenes escaneadas de la revista Playboy, en el caso LaMacchia, el administrador del sistema fue hallado no responsable de las copias de programas que albergaba su BBS. El recurso de los propietarios de sistemas on-line y BBS ha sido incluir una advertencia o una cláusula contractual que los exonera de responsabilidad frente a un "upload" de un programa o fichero que infrinja los derechos de autor de terceros.
Infracción del copyright de bases de datos: No existe una protección uniforme de las bases de datos en los paises que tienen acceso a Internet. El sistema de protección más habitual es el contratual: el propietario del sistema permite que los usuarios hagan "downloads" de los ficheros contenidos en el sistema, pero prohibe el replicado de la base de datos o la copia masiva de información.
Interceptación de e-mail: En este caso se propone una ampliación de los preceptos que castigan la violación de correspondencia, y la interceptación de telecomunicaciones, de forma que la lectura de un mensaje electrónico ajeno revista la misma gravedad.
Estafas electrónicas: La proliferación de las compras telemáticas permite que aumenten también los casos de estafa. Se trataría en este caso de una dinámica comisiva que cumpliría todos los requisitos del delito de estafa, ya que además del engaño y el "animus defraudandi" existiría un engaño a la persona que compra. No obstante seguiría existiendo una laguna legal en aquellos paises cuya legislación no prevea los casos en los que la operación se hace engañando al ordenador.
Transferencias de fondos: Este es el típico caso en el que no se produce engaño a una persona determinada sino a un sistema informático. A pesar de que en algunas legislaciones y en sentencias aisladas se ha asimilado el uso de passwords y tarjetas electrónicas falsificadas al empleo de llaves falsas, calificando dicha conducta como robo, existe todavía una falta de uniformidad en la materia.
1.2 Mal uso: cybertorts
Usos comerciales no éticos: Algunas empresas no han podido escapar a la tentación de aprovechar la red para hacer una oferta a gran escala de sus productos, llevando a cabo "mailings electrónicos" al colectivo de usuarios de un gateway, un nodo o un territorio determinado. Ello, aunque no constituye una infracción, es mal recibido por los usuarios de Internet, poco acostumbrados, hasta fechas recientes, a un uso comercial de la red.
Actos parasitarios: Algunos usuarios incapaces de integrarse en grupos de discusión o foros de debate on- line, se dedican a obstaculizar las comunicaciones ajenas, interrumpiendo conversaciones de forma repetida, enviando mensajes con insultos personales, etc. Aunque la mayoría de estas conductas están previstas por los suministradores de servicios on-line, resolviendo el contrato con los reincidentes, existen algunos partidarios de que se establezcan normas para sancionar estos actos.
Obscenidades: Más adelante veremos la polémica generada por el proyecto de ley del senador Exon en EEUU respecto a una Communications Decency Act. 1.4 Efectos transfronterizos
Otro de los aspectos sobre los que se reclama una regulación es el de la competencia jurisdiccional en el caso de actos realizados en un pais determinado pero que, debido a la extensión de la red, tienen sus efectos en otro pais. Aunque el derecho internacional da solución a este tipo de conflictos, existen diversos criterios respecto a la determinación del lugar en el que se ha producido la infracción.
Así como en una radiodifusión via satélite existe una conducta activa de emisión, sujeta a unas normas especiales, la introducción de una obra infractora en un host conectado a Internet. ¿debe entenderse también como un acto de difusión o comunicación pública?
La conducta activa o pasiva del presunto infractor es determinante para apreciar la existencia de la infracción y la competencia jurisdiccional. Si hacemos una comparación de las autopistas de la información con las autopistas de asfalto, deberíamos reconocer que no es lo mismo enviar camiones de reparto a todos los paises y ciudades con vias de acceso, que tener una tienda abierta al lado de la autopista.
Un ejemplo de conducta pasiva sería el caso de Phil Zimmermann, investigado por exportar tecnología de doble uso a otros paises. Zimmerman se limitó a introducir su programa de encriptación de clave pública PGP (Pretty Good Privacy) en hosts que se hallaban dentro del territorio de los EEUU, pero al estar estos hosts conectados a Internet, todos los paises conectados a la red pudieron obtener una copia del programa. Zimmermann recibió numerosos mensajes de felicitación y agradecimiento desde paises con embargo comercial y tecnológico. Este caso ha acabado siendo un exponente de la lucha entre el poder intervencionista del Estado y el derecho a la intimidad de la persona, como más adelante veremos.
Un ejemplo de conducta activa sería remitir una recopilación de imágenes pornográficas escaneadas a los mailbox de un pais en que dicho tráfico estuviese prohibido.
Derecho a la intimidad
Uno de los derechos más defendidos en los paises en los que ha habido una gran implantación de los sistemas informáticos en la gestión de los datos de los ciudadanos por parte de la Administración, ha sido el derecho de la persona a que su intimidad no sea vulnerada por un abuso de estos medios. La protección de este derecho ha generado preceptos de rango constitucional en muchos paises. En España, el artículo 18 CE garantiza el secreto de las comunicaciones y abre la posibilidad de que la Ley limite el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos. Del desarrollo de este precepto ha surgido hasta ahora la LORTAD como instrumento destinado a evitar que mediante el tratamiento automatizado de los datos se llegue a obtener el perfil de una persona, sus aficiones y sus hábitos. Con ello se reconoce que el uso de las tecnologías de la información permite una rapidez en la manipulación de datos que era impensable con el empleo de medios manuales o analógicos. En la discusión de la LORTAD se llegó a establecer la comparación de que los sistemas manuales equivalían a pescar con caña y los informáticos a pescar con red.
4. SITUACION ACTUAL Y PROPUESTAS LEGISLATIVAS
El Código Penal de 1995 contiene muchas referencias a los delitos informáticos y a los derivados del uso de las telecomunicaciones, entre las que podemos destacar las siguientes:
- Delitos contra la intimidad y el secreto de las comunicaciones
- Estafas electrónicas.
- Infracción de los derechos de propiedad intelectual
- Delito de daños
- Revelación de secretos contenidos en documentos o soportes informáticos.
- Falsedad en documento electrónico
- Fabricación o tenencia de útiles e instrumentos específicamente destinados a la comisión de delitos.
- Sustracción, destrucción, inutilización u ocultación de documentos electrónicos por parte de un funcionario público cuya custodia le esté encomendada por razón de su cargo.
domingo, 2 de junio de 2013
Verano 2013
En uno de sus magníficos cuentos Thomas Hardy dice que en 1840 el verano duró en Inglaterra apenas un suspiro. Lo tenía cronometrado: tres horas y veinticinco minutos. Yo también anoto, como él, las incidencias de nuestra primavera, las promesas de un verano que, dicen algunos interesados, no va a existir. Los comportamientos del clima son cíclicos, el cambio climático un hecho y es evidente que un atlántico es ese ser que sueña y siempre se sorprende de que llueva. Llovió ayer, lloverá mañana y, sin embargo, váyase donde se vaya no encontrará usted sino gente sorprendida por la lluvia. Es cierto que este año está cayendo la del pulpo y que las temperaturas no se animan. Exactamente como el año pasado. Exactamente a como será dentro de un año. Subjetivamente, el sol en Asturias solo sucede en la infancia de cada asturiano. Y si sale el sol este domingo, que eso espero, no se confundan: ese sol de ayer, ese solín tan grato, tiene gato encerrado. Está ahí para recordarnos lo que ya sabemos: hasta el 40 de mayo no te quites el sayo. Es un sol que propicia la confidencia: ¿recuerdas aquel verano -te dice- en el que un minuto se transformó en un lapso contable de la intensidad?
Lo del cuarenta de mayo nos recuerda que las primaveras frías, aunque impertinentes, son normales por estas latitudes. Más al Norte, a pesar de lo que digan las interesadas agencias de información francesas, es aún el tiempo más destemplado; mas la noticia -falsa- de que no iba a haber verano que prestara nos cogió a todos tan de sopetón que nos la creímos. Un asturiano es un ser que cree que vive en un país donde siempre llueve.
A veces llueve. A veces hace sol. A veces llueve y hace sol a la vez. Un día de sol en Asturias es una gota de Chanel número 5; un día de sol en Calabria puede ser muchas cosas (en un verso de Ungaretti, una lágrima del dios Pan; en la prosa de los días, un garrafón de colonia barata tan levemente fresca que quema la piel de la memoria). Los ánimos, sin embargo, están confundidos. Andamos cabreados, pues no podemos venir a Poniente a bañarnos tras la ardua tarea del día , y en cada ventanilla en vez de una sonrisa hay un ladrido que propiciamos con razón o sin ella. Temerosos de que nos hayan dado plaza definitiva para una película de Bergman, estamos dispuestos a confiar en nuestra mala suerte. Mi madre, que ama el Tostaderu de San Lorenzo con una fe que espantaría a cualquier dermatólogo, me preguntó compungida:
-¿Tú crees que habrá verano?
lunes, 6 de mayo de 2013
LA MITOLOGÍA VASCONAVARRA
Muy interesante:
Basajaun o Baxajaun, el llamado
"Yeti Vasco", es el Señor del Bosque o el
"Señor Salvaje": son unos personajes de la mitología vasca y
navarro aragonesa de prodigiosa talla y fuerza, que los primeros pobladores de
aquellas tierras encontraron habitando en los montes y bosques más remotos.1 Su
pareja femenina se llama Basandere (Señora del Bosque o
"Señora Salvaje").
Habitaban en los bosques de Gorbea (Vizcaya)
y también en Irati (Navarra)
y en la zona de Ataun,
en Guipúzcoa.
Poseían forma humana, con el cuerpo cubierto de pelo y una melena muy larga que
les llegaba hasta los pies.
Lejos de ser agresivo, era protector de
los rebaños de ovejas y éstas indicaban su presencia con una unánime sacudida
de cencerros. Cuando se acercaba una tempestad o los lobos, daba gritos y
silbidos en la montaña para prevenir a los pastores. A cambio, los Basajaun reciben
como tributo un trozo de pan que recogían mientras los pastores dormían. En los
relatos aparecen a menudo como hombres del bosque terrorífico, de fuerza
colosal, con el que era mejor no toparse.
Este ser mitológico también existe en la
mitología aragonesa de
los valles de Tena, Ansó y Broto,
donde recibe los nombres de Basajarau,Bonjarau o Bosnerau
Basajaun es un personaje similar a los
encontrados en todo el continente Euroasiático en forma de Ogros, Trolls, Yetis y demás
"hombres del Bosque" que algunos antropólogos y etnógrafos vinculan
al recuerdo de nuestra coexistencia con el hombre de neanderthal y
que ha quedado escrito en nuestra memoria colectiva en forma de mitos y
leyendas.
EL MOMOTXORRO
El Momotxorro es un personaje de origen desconocido
del carnaval de Alsasua: es mitad hombre y
mitad toro.
La costumbre desapareció en la década de 1930,
y se recuperó en 1990,
aunque esto no gustó a la gente anciana del lugar, ya que el recuerdo de esos
personajes iba unido a historias de pillaje, robo e incluso agresiones
sexuales.
Es uno de los personajes del carnaval vasco con más carga violenta y sexual:
recorre las calles con su sarde (la horca) atemorizando y “agrediendo” a quien
se encuentra a su paso, y entrando en las casas ajenas para “saquear” su
interior. Llevan cuernos y se tapan el rostro con pañuelos o con cerdas de caballo. Visten una camisa blanca manchada de sangre, y pieles de oveja. Visten pantalones
azules, calcetines blancos y abarcas. Levantan ruido
con cencerros cosidos a la piel de oveja o colgados
alrededor de la cintura. Atacan con el sarde.
La danza de estos personajes en la Plaza de los Fueros ha llegado
en la actualidad a ser una muestra de identidad del pueblo. Se celebra el martes anterior al Miércoles de ceniza al son de la Danza de los Momochorros
(Momotxorroen dantza).
El Martes de Carnaval se realiza la Puska Biltza (cuestación por las casas). Tras comer
y beber copiosamente con lo obtenido en la “puska” y caída la tarde, cientos de
momotxorros salen del frontón embistiendo
entre fieros aullidos contra todo aquello vivo o muerto que se encuentren por
delante. Tras recorrer varias calles, en un momento de la comitiva, Juantramposo, Maskaritak,
un macho cabrío y las sorginak (brujas)
se unen al cortejo. El macho cabrío, subido en un remolque, provoca a las
hembras enseñando sus atributos y todas las sorginak aúllan lascivamente, y se genera así
una escena lujuriosa y divertida que compensa estética y
dinámicamente la violenta actitud de los momotxorros. Tras recorrer las calles
del pueblo con las consabidas paradas en varias tabernas, se termina en la
plaza del pueblo, donde todos bailan al mismo son: el de la Momotxorroen dantza.2
OLENTZERO
Olentzero, Olentzaro u Olantzaro es un personaje navarro de la tradición navideña vasca. Se trata de un carbonero mitológico que
trae los regalos el día de Navidad en los hogares
del área geográfica y cultural denominada Euskal Herria, conformada por el País Vasco y Navarra(comunidad autónoma y comunidad foral respectivamente
de España) y el País Vasco francés (región histórica de Francia). Su origen está
en la zona de Lesaca (Navarra,
España).
Olentzero es un carbonero que se
representa como un hombre grueso, desharrapado, manchado de carbón, de buen
comer y borrachín. Aita Donostia lo
describe como "cabezón sin inteligencia" (buruhandia, entendimendu
gabea) o "puerco barrigudo" (urde tripaundia). Su singular
característica es que vive aislado de la sociedad dedicado a hacer carbón
vegetal en el bosque gustándole comer y beber bien y cada invierno baja de las
montañas a los pueblos.1
La primera referencia en la historia es
con los Fueros Navarros. Según el historiador Isasti de Lezo (XVII), Onenzaro es
el nombre recibido por la víspera de Nochebuena.
SAN MARTINICO
San Martinico (en euskera: Martín Txiki o San
Martin Txiki) es un Trickster de la mitología
aragonesa y vasconavarra.
Leyenda
San Martinico consiguió robar, por medio
de tretas, los secretos de la arquitectura, música, agricultura, herrería y la
vida sedentaria de los basajarau (o Basajaun).
Este trickster probablemente lo creara la
imaginación popular como arquetipo de los sanadores celtibéricos de la zona del Moncayo (más
en concreto de los de San Martín de la Virgen de Moncayo)
que viajaban a tierras vasconas y/o pirenaicas a curar a los enfermos con
herramientas de bronce, cobre y hierro, materiales todos ellos desconocidos
para los primitivos vascones y pueblos pirenaicos afines.
Se cuenta que los basajarau tenían
montones de trigo guardados para sembrar en la época en la que la humanidad
desconocía los principios de la agricultura. San Martinico apostó con los
basajarau que era capaz de saltar por encima de los enormes montones. San
Martinico perdió la apuesta pero algunos granos de cereal quedaron dentro de
sus botas, de esa manera logró hacer llegar el cereal a los hombres.
Ya tenía el ser humano la semilla del
trigo; pero no sabían la época de la siembra. Un día se arrimó San Martinico a
la cueva de los basajarau, y escuchó una canción que salía de las
profundidades: «Si los hombres supieran esta canción, bien se aprovecharían de
ella: al brotar la hoja, siémbrese el maíz; al caer la hoja, siémbrese el
trigo; por San Lorenzo, siémbrese el nabo». Así fue cómo supo la humanidad
ciertos principios agrícolas además de la música.
En otra ocasión mandó a un niño a hablar
con los basajarau para que les dijera que ya sabía cómo se fabricaba una
sierra. Uno de los basajarau le dijo que entonces San Martinico debía de
haberse fijado en la hoja del castaño, así fue como indirectamente se enteró
San Martinico de cómo se fabricaban las herramientas para trabajar la madera.
Al enterarse el basajarau de esto bajó de
noche a casa de San Martinico y torció alternativamente los dientes de la
sierra, queriendo así inutilizarla. Sin embargo lo que hizo fue mejorarla y así
se inventó la sierra triscada.
En otra ocasión mandó San Martinico un
pregonero a los basajarau diciendo que ya sabía cómo soldar el hierro con el
acero. Entonces el basajarau le dijo ""Ah, sin duda mojó con agua
arcillosa ambas piezas", a lo que respondió el pregonero: "No lo hizo
pero así lo hará", enterándose de ese modo de la técnica de emplear como
fundente la arcilla con agua.
Con el mismo tipo de treta de pregonero
mediante se enteró de que el eje del molino debía de ser de tilo en vez de
roble, que se desgastaba muy rápidamente, así pues los hombres empezaron a
beneficiarse del uso del molino en todo el mundo.
miércoles, 1 de mayo de 2013
GUERRAS PP-PP
Reducir gastos, como estaba previsto en el programa electoral del Partido Popular (PP), "con el que consiguió una clamorosa mayoría". Esta es la receta que Esperanza Aguirre, presidenta del PP madrileño, propone para sacar a España de la crisis. Así lo ha dejado claro en una entrada en su blog titulada Sí hay alternativa. Su solución pasa por recortar más.
Aguirre insiste en la reducción del déficit público como primer paso hacia la recuperación económica, pero aclara que hasta ahora se ha intentado disminuir el desequilibrio aumentando los impuestos, "y la experiencia de estos meses ha demostrado que esas subidas no han servido para incrementar los ingresos". El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ya ha subido el IVA y el IRPF, y el pasado viernes el Ejecutivo volvió a anunciar lo que el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, calificó como "novedad tributaria". La presidenta del PP madrileño se aleja de las medidas del Ejecutivo y apuesta por acometer "una reforma radical y sin precedentes de las Administraciones Públicas. Y eso sí que es una alternativa".
La dirigente del PP insiste en la necesidad de retomar el programa con el que el Partido Popular ganó las elecciones. "Ha llegado la hora de aplicarla [la alternativa]: reducir el peso del sector público para que llegue el dinero a empresarios y familias para sacar a España de la crisis".
Así, Aguirre —"ante la mala noticia sobre las previsiones macroeconómicas anunciadas en el último Consejo de Gobierno [sic]"— considera que lo peor que puede pasar es que los ciudadanos caigan "en una actitud fatalista y pensar que no hay ninguna alternativa eficiente para salir del hoyo en el que está sumida la economía española".
Rajoy ha ofrecido a Bruselas otro paquete de ajustes para este año valorados en unos 3.000 millones de euros. El presidente adelantó la cifra el pasado domingo en Granada, aunque no detalló las medidas incluidas en el Programa de Estabilidad de 2013-2016. El próximo 8 de mayo, comparecerá en el Congreso de los Diputados para dar cuenta de su plan de reformas.
miércoles, 10 de abril de 2013
LA ENVIDIA
Es ese sentimiento sentimiento o estado mental en el cual existe dolor o desdicha por no poseer uno mismo lo que tiene el otro, sea en bienes, cualidades superiores u otra clase de cosas. La RAE la ha definido como tristeza o pesar del bien ajeno, o como deseo de algo que no se posee.
Cuando una persona se obsesiona y deja de vivir por estar pendiente de tu vida o en este caso en la vida de su adversario, de su entorno, y entre otras cosas siente agobio por cada uno de sus triunfos… Aparte de mostrar signos graves de inferioridad, te muestra que estas tratando con una persona psiquiátricamente enferma. La envidia es la madre del resentimiento, un sentimiento que no busca que a uno le vaya mejor sino que al otro le vaya peor, porque le produce tristeza no que el otro haya alcanzado algo determinado, sino la felicidad que le produce a ese otro.
Otra definición de envidia, es que el envidioso cuenta mentiras sobre la persona a la que envidia o las cosas que tiene, para poder tenerlas, en ocasiones la envidia puede hacer que el envidiado muera a manos del envidioso.
La envidia es un fenómeno psicológico muy común que hace sufrir enormemente a muchas personas, tanto a los propios envidiosos como a sus víctimas. Puede ser explícita y transparente, o formar parte de la psicodinámica de algunos síntomas neuróticos. En cualquier caso, la envidia es un sentimiento de frustración insoportable ante algún bien de otra persona, a la que por ello se desea inconscientemente dañar.
El envidioso es un insatisfecho (ya sea por inmadurez, represión, frustración, etc.) que, a menudo, no sabe que lo es. Por ello siente consciente o inconscientemente mucho rencor contra las personas que poseen algo (belleza, dinero, sexo, éxito, poder, libertad, amor, personalidad, experiencia, felicidad, etc.) que él también desea pero no puede o no quiere desarrollar. Así, en vez de aceptar sus carencias o percatarse de sus deseos y facultades y darles curso, el envidioso odia y desearía destruir a toda persona que, como un espejo, le recuerda su privación. La envidia es, en otras palabras, la rabia vengadora del impotente que, en vez de luchar por sus anhelos, prefiere eliminar la competencia. Por eso la envidia es una defensa típica de las personas más débiles, acomplejadas o fracasadas.
La envidia ha sido frecuentemente tema y ha inspirado relatos literarios como el de Caín y Abel que aparece en el Génesis de la Biblia. Este relato, en realidad, ejemplifica la rivalidad y conflictos históricos entre los sistemas de vida nómadas y sedentarios de pastores y agricultores que se han desarrollado a lo largo de la historia. El escritor de la generación del 98, Miguel de Unamuno afirmaba que era el rasgo de carácter más propio de los españoles y escribió para ejemplificarlo su novela Abel Sánchez, en que el verdadero protagonista, que significativamente no da título a la obra, ansioso de hacer el bien por la humanidad, sólo recibe desprecio y falta de afecto por ello, mientras que el falso protagonista, que sí da título a la obra, recibe todo tipo de recompensas y afecto por lo que no ha hecho. Famosos envidiosos de la historia son: Antonio Salieri, Judas y Hitler.
Las formas de expresión de la envidia son muy numerosas: críticas, ofensas, dominación, rechazo, difamación, agresiones, rivalidad, venganzas... A escala individual, la envidia suele formar parte de muchos trastornos psicológicos y de personalidad (p.ej., algunas ansiedades, trastornos obsesivos, depresión, agresividad, falta de autoestima...). En las relaciones personales y de pareja, está involucrada en muchos conflictos y rupturas. En lo social y político, su influencia es inmensa. Por ejemplo, la envidia del poder sexual, emocional y procreador de las mujeres alimenta el machismo. La envidia de la fuerza y libertad del varón refuerza el feminismo. La envidia de los pobres y resentidos estimula sus violentas revoluciones e igualitarismos. La envidia de los poderosos fomenta sus luchas intestinas. La envidia de los narcisistas y codiciosos nutre los concursos millonarios de televisión y sus audiencias. La mutua envidia de las mujeres robustece el colosal negocio de la belleza y la moda, así como la de los hombres excita su frenética competitividad. La envidia sexual.
La envidia sólo se cura concienciando y resolviendo las propias carencias y facultades, a través de un proceso de crecimiento emocional. La persona madura no envidia a nadie.
lunes, 1 de abril de 2013
Caso Barcenas
El Partido Popular tiene previsto dejar para otoño la celebración de su Convención Nacional, una cita que estará más cerca de las elecciones europeas de 2014 y servirá a esta formación para renovar ideas y mensajes, han indicado fuentes 'populares'. Aunque en un principio estaba previsto celebrar esta cita antes de junio, el PP ha optado finalmente por posponerla, máxime cuando en este momento el llamado 'caso Bárcenas' sigue en todo su apogeo en sede judicial y el partido quiere evitar que su extesorero siga copando la atención mediática.
Las fuentes consultadas han indicado además que el partido quiere disponer de más tiempo para "acercarse a la gente de la calle" y explicar las reformas que está impulsado el Ejecutivo de Mariano Rajoy. Con ese objetivo, el PP está organizando una serie de foros, bajo el título 'Juntos salimos', que persiguen poner de nuevo el foco en las medidas del Ejecutivo. El primero de ellos, el pasado sábado en Ciudad Real, estuvo centrado en los 'ni-nis', aquellos jóvenes que ni estudian ni trabajan.
Para estos debates abiertos, que celebrarán cada dos semanas aproximadamente en distintos puntos de la geografía española, el PP ha elegido un formato distinto del mitin tradicional, ya que cuenta con expertos y ciudadanos que exponen sus puntos de vista, experiencias y propuestas. El PP quiere volcarse en estos foros en los próximos meses, que ve como "punto de encuentro" para acercarse a la gente de la calle y "escuchar" sus problemas e inquietudes. Ésta es otra de las razones por las que 'Génova' ha optado por celebrar su Convención Nacional en otoño. La última convención del PP se celebró en Málaga octubre de 2011, justo un mes antes de las elecciones generales y sirvió al partido de trampolín para presentar algunas de sus propuestas electorales. De hecho, al ser en plena precampaña, el partido eligió como lema 'Empieza el cambio'.
Preparar el terreno
Paralelamente, la dirección nacional del partido ha empezado a engrasar la maquinaria electoral para preparar las elecciones europeas de 2014 y las municipales que se celebrarán un año después. El partido quiere en estos meses recorrer toda España e implicar a todo el partido, especialmente a los cargos municipales, en una labor de pedagogía para explicar las reformas que está llevando a cabo el Gobierno del PP.
Por lo pronto, ya hay algunas citas en el próximo mes de abril como Valladolid o Pamplona, un calendario que se irá cargando de actos en los próximos meses, según han informado a Europa Press fuentes 'populares'
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